Empresarios temen que el sistema en discusión frene proyectos por más de US$ 2.600 millones:

Chile sería el primero de los que han firmado el Convenio 169 en instaurar un organismo exclusivo para autorizar negocios en tierras indígenas.

Mientras los países que hace años son parte del acuerdo 169 de la OIT no cuentan con ninguna institución exclusiva para autorizar inversiones en tierras indígenas, Chile -donde aún no entra en vigencia este convenio- ya tiene un borrador sobre el tema.

"En la teoría existe una obligación del Estado que ratificó el convenio de dictar regulaciones internas, pero en la práctica pocos lo han hecho. Por lo mismo, no hay una urgencia de implementar este Código en Chile", dice Sebastián Donoso, profesor de legislación indígena de la UC.

Desde 1990 en adelante, Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Paraguay, Perú y Venezuela han firmado este convenio antes que Chile, en América Latina. También lo hicieron Dinamarca, España, Fiji, Nepal, Noruega y Países Bajos.

Ninguno de ellos tiene un Código de Conducta para Inversiones como el que se está discutiendo en Chile. La regulación va más por el lado del reconocimiento de derechos de los pueblos indígenas como el respeto por la diversidad étnica, reconocimiento de territorios, respeto del derecho consuetudinario y su participación política.

Países como Bolivia, México, Noruega y Dinamarca tienen legislaciones que definen procesos de consulta para exploración y explotación de recursos naturales que están en tierras indígenas. Aunque suena parecido a lo que se analiza en Chile, el borrador del gobierno va mucho más allá, porque además del acuerdo de los indígenas para realizar inversiones se requerirá la aprobación de un organismo certificador.

Por lo mismo, cuando se elaboró el Código de Conducta Responsable en Chile, fue difícil buscar ejemplos. "La elaboración de la propuesta no estuvo exenta de dificultades. Un aspecto importante fue la escasa experiencia internacional registrada y sistematizada que se tuvo como referencia para elaborar la propuesta", dice el Código.

El comisionado presidencial para Asuntos Indígenas, Rodrigo Egaña, aclaró que se estudiaron la legislación y la práctica de todos los países que tienen pueblos indígenas. "Sin embargo, por las características de las tierras y ADIs en Chile se hace imposible una comparación directa", explica, lo que habría obligado a hacer un mecanismo diferente.

Pero esta innovación es la que temen los empresarios, que no quieren ser conejillo de Indias.

"El Gobierno nos dijo que este sistema de certificación es único en el mundo. Es decir, es un sistema no probado", comenta un ejecutivo minero.

Uno de los obstáculos con que se topó el Gobierno al elaborar el borrador del Código de Conducta Responsable Indígena fue "la escasa experiencia internacional registrada y sistematizada", según consta en el mismo texto.

Los que han avanzado en la protección de las tierras

Brasil

Ratificó el Convenio 169 de la OIT en 2002 y no ha establecido un cuerpo orgánico sobre pueblos originarios, como el que se quiere hacer en Chile, sino que hay un gran número de disposiciones dispersas en distintas materias, así lo reconoce el Código de Conducta chileno.

Costa Rica

Desde 1998 está en trámite un proyecto de ley de desarrollo autónomo de pueblos indígenas que incluye los aspectos del Convenio 169.

México

Firmó el Convenio en 1990 y en 2001 revisó su Constitución incluyendo derechos indígenas a la convivencia y normativa interna, entre otras cosas.

"La propiedad de los minerales, de los recursos, subsuelo y otros relativos a la tierra, pertenecen al Estado. La prospección y explotación está sujeta a la autorización de comunidades indígenas", explicó Guillermo Pérez, experto internacional de la OIT.

Noruega

El consejo distrital y el parlamento Sami de este país son consultados sobre la emisión de licencias y permisos relativos al uso del subsuelo.

Dinamarca

La ley de autonomía establece que la población residente en Groenlandia tiene derechos fundamentales sobre los recursos naturales.

Guatemala

En la revisión anual que hizo este año la OIT de la aplicación del Convenio 169 en los países firmantes se critica a Guatemala porque ni siquiera existe un catastro de tierras indígenas para reconocer en qué casos los proyectos se deben revisar y tampoco existe legislación sobre consulta a pueblos indígenas.

Honduras

Ratificó el Convenio en 1995 y está elaborando un Plan Estratégico de Desarrollo Integral de Pueblos Autóctonos y una ley que serán los pilares de la futura política indígena en el país.

Bolivia

En 2008 incluyó en su Constitución el reconocimiento a la integridad del territorio indígena, derecho a la tierra y uso exclusivo de los recursos naturales, a la consulta previa e informada y a la participación en los beneficios por la explotación de recursos naturales no renovables de sus territorios. Además, la ley forestal les da a los indígenas exclusividad del aprovechamiento de los bosques de sus tierras.

por
BERNARDITA AGUIRRE PASCAL

FUENTE
http://diario.elmercurio.com/2009/06/07/economia_y_negocios/economia_y_negocios/noticias/F2D642CC-A58E-41F7-AA60-3A2355A74675.htm?id={F2D642CC-A58E-41F7-AA60-3A2355A74675}

PRESENTACION

Blog que recopila el artificial debate inducido en Chile por la propuesta de un supuesto  "Código de Conducta Responsable para Inversiones", que postula endosar a los privados  los deberes del Estado establecidos en el Convenio 169.

El "Código de Conducta" no existe en el Convenio 169.
Su planteamiento ha sido un acto irresponsable, que alienta una reacción empresarial anti-indígena. Su objetivo es limitar los alcances e implementación del Convenio 169 de la OIT .

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